Como en la sociedad anónima y limitada, la sociedad mercantil del tipo colectiva debe cumplir ciertos requisitos y compromisos con la administración pública para iniciar sus operaciones como emprendimiento comercial o mercantil.
La Dirección General de la Política de las pymes establece las condiciones para su constitución, desde el tipo de escritura de formación con los datos de los socios, la naturaleza de la sociedad, el capital aportado por cada uno de los socios, el tiempo de operación de la misma, y el monto de capital manejado por los socios para gastos particulares. Este es solo uno de los requerimientos para una sociedad colectiva ingrese a la web de la DGPYME